Chile

Programa de Ayuda Económica para Madres de Chile 2022/2023

El Gobierno de Chile ofrece un programa de ayuda económica para madres que engloba una serie de otros programas y es de gran ayuda para las madres más desfavorecidas económicamente. Entre esos otros programas está el Asignación Familiar por Recién Nacido, también llamado Abono de Nacimiento, es uno de los beneficios que los municipios ofrecen a todos los niños de 0 a 3 meses.

 

Este es un bono perteneciente al sistema de asistencia Chile Cresce Contigo para mujeres que han sido madres recientemente, es decir, el programa de ayuda económica para madres. Además, es posible solicitar esta ayuda como “madre beneficiaria” al mismo tiempo que solicita la Asignación Unifamiliar.

¿Cuáles son los requisitos para incorporarse a la Ayuda Familiar del Recién Nacido?

Si ya has recibido un subsidio de maternidad, puedes garantizar la continuación del pago después del nacimiento de tu hijo solicitando el “Asignación Familiar por Recién Nacido”.

 

Dicha inscripción previa y presentación de la solicitud en la Oficina de Subvenciones en un plazo inferior a tres meses, a contar desde la fecha del nacimiento. Las candidatas deben haber recibido el Subsidio por Maternidad (comprobante de pago) y considerar los siguientes pasos:

 

  • Es necesario presentar el certificado de nacimiento o certificado del menor de edad de su hijo en la oficina municipal de subsidios;
  • El niño debe tener al menos tres meses de edad en el momento de la solicitud;
  • El niño debe haber sido inscrito previamente en el registro social familiar.
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¿Cuál es el plazo y duración de la Asignación Familiar por Recién Nacido?

El beneficio se hace efectivo en el mes siguiente a su tramitación y el pago comienza a computarse a partir del primer día hábil del mes siguiente. Además el plazo tiene variaciones entre 45 y 60 días con relación al primer mes, en los meses siguientes el plazo cambia a 30 días.

 

La Asignación Familiar por Recién Nacido para familiares de difuntos de diversa índole tiene una vigencia de tres años, contados a partir de la fecha de adquisición, pudiendo prorrogarse por igual período si se cumplen las condiciones.

¿Cuál es el monto que paga la Asignación Familiar por el Recién Nacido?

Esta categoría también dependerá de los municipios, ya que cada uno tiene un presupuesto diferente en todo el país. Sin embargo, puede obtener, según la guía de servicios en línea de Dideco de la ciudad de San Diego, una sola entrega por $ 41,496.

 

Una vez que la solicitud ha sido enviada al municipio correspondiente, generalmente es responsabilidad de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) verificar la elegibilidad. Nuevamente, la cantidad pagada es regulada por el estado de acuerdo con las necesidades de la familia.

Sobre el Subsidio Unifamiliar (SUF)

El Subsidio Unifamiliar, como también se le conoce, consiste en un aporte económico destinado a ser entregado a todas las personas desfavorecidas o familias con responsabilidades familiares del país. También ser miembro del programa de ayuda económica para madres.

 

El bono está destinado a todos los pertenecientes al 60% más vulnerable de la población, en base a un porcentaje del Registro Social de Hogares (RSH).

 

Además, la Asignación Unifamiliar otorga al menos $16.418 por cada familiar dependiente y $32.836 por personas con discapacidad en el grupo familiar.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono Unifamiliar?

Para obtener la Asignación Unifamiliar, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Debe ser la madre para recibirla, o el padre, en caso de ausencia de la madre. o tutores, o personas encargadas del cuidado de los menores;
  • Las personas físicas que tengan a su cargo personas con discapacidad intelectual o discapacitados, independientemente de su edad, que vivan a su cargo;
  • Embarazadas que reciben o han recibido el Beneficio por Maternidad.

 

No obstante, el Subsidio Unifamiliar se otorga a cada familia dependiente a cargo del beneficiario y que: Sea

 

  • menor de 18 años;
  • Tener una discapacidad intelectual a que se refiere la Ley N° 18.600, independientemente de la edad, que no perciban la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o cualquier otro tipo de pensión asistencial;
  • Estar en situación de invalidez, sin límite de edad;
  • Son mujeres embarazadas que reciben o han recibido Asignación Materna;
  • Ser madres de menores que reciben o han recibido Asignación Materna.